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Servicios de Interpretación en Lengua de Signos Española para personas sordas

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A quién va dirigido

Personas Sordas

Que ofrecemos

Eliminación de las barreras de comunicación a través del Intérprete de Lengua de Signos Española en todos los ámbitos de la vida diaria de las personas sordas.

Garantizando la neutralidad, fidelidad y confidencialidad.

Alcance del servicio

En función de la naturaleza del servicio como servicio ordinario y su modalidad, podemos decir que:

Los servicios realizados a nivel externo en:

  • Entidades públicas: Ayuntamientos, centros de salud, juzgados, policía,…
  • Entidades privadas: abogados, gestorías, bancos, academias, clínicas privadas…
  • Entidades de Tercer Sector: asociaciones, fundaciones, ONG…


Servicios en el mismo municipio/localidad donde se ubica el centro de trabajo del ILSE.
Servicios a otros municipios tanto presenciales como telemáticos.

  • Se atenderá PRIORITARIAMENTE de forma telemática Ver apdo. “Desplazamientos casos excepcionales”
  • Servicios en horario de tarde/noche fuera de la franja horaria de las tardes que tiene contratadas el profesional ILSE. Solo se realizará si el ILSE bajo su criterio está de acuerdo en realizarlo, es con carácter excepcional y se compensará por la misma duración del servicio dentro de la misma semana.
  • Cursos, jornadas, talleres, reuniones, claustros… de larga duración o de continuidad, organizados por administraciones públicas, por entidades privadas, o para usuarios/as. En todo caso no se atenderán servicios superiores a 2 horas de duración; entendemos no forman parte de la naturaleza del servicio ordinario y es la propia entidad organizadora quien debería ofrecer el servicio de forma accesible.
  • Servicios en juzgados donde el servicio de interpretación de LSE esté adjudicado a una empresa.

Como se presta el servicio

Presencial

A distancia

Como se solicita